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Tras el cierre de la convocatoria al Repro II, el gobierno oficializó los requisitos para acceder al cobro de salarios de noviembre.
El Ministerio de Trabajo oficializó los requisitos de preselección y selección para el Programa de Recuperación Productiva II (Repro II) para los salarios devengados en noviembre de 2021.
Los requisitos se dieron a conocer a través de la Resolución 803/2021 publicada en el Boletín Oficial, que adopta recomendaciones formuladas por el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa Repro II en el acta número 13.
En relación a los criterios de preselección, el Comité estableció que, para los sectores críticos y no críticos, así como para el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos, se tomará la facturación registrada en octubre de 2019 y el mismo mes de este año.
La diferencia entre ambas facturaciones debe dar como mínimo una caída de 30% en términos reales y un aumento como máximo del 46,2% en términos nominales.
A su vez, ese mismo período de comparación se utilizará en el sector de la salud, aunque la diferencia de facturación debe dar como mínimo una variación de 0% en términos reales, y como máximo un aumento de 108,8% en términos nominales.
“A partir de la flexibilización de la mayoría de las medidas de distanciamiento social, la actividad económica y la dinámica laboral mostraron claros signos de recuperación durante setiembre y octubre”, destacó la Comisión, a la vez que consideró que es preciso “realizar algunas modificaciones en las condiciones establecidas para acceder a los beneficios del Programa correspondientes a noviembre”.
Por esto último, la variación de la facturación del IVA compras deberá ser menor a 67% para los sectores afectados críticos y no críticos (era del 66,6% en setiembre) y a 108,8% para los efectores de salud (era del 108,3%).
Otra de las modificaciones consiste en que la variación exigida para la relación entre el costo laboral total y la facturación para los sectores críticos y afectados, retorne a la misma magnitud que se había definido previo a la irrupción de la segunda ola.
En ese entonces, para acceder al Repro II, la variación del cociente entre el costo laboral y la facturación debía ser superior a 0%, requerimiento que se decidió flexibilizar por una caída mayor al 10%.
Los montos se mantienen en $ 22.000 para la asistencia para las trabajadoras y trabajadores en empresas de sectores críticos. Para el sector salud también se mantiene el mismo monto y el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos continúa con el cobro de $22.000. Los no críticos afectados continúan en $ 9.000.